Parece ser que según la normativa actual de producción de energía fotovoltaica,
los propietarios de naves pueden alquilar sus cubiertas a terceros, para que se realicen instalaciones fotovoltaicas a cambio de retribución económica. Se puede recibir la compensación por anticipado ó mensualmente. El arrendatario se ocupa del mantenimiento de la instalación.
Según Soliclima, ésta fórmula ecológica puede rentabilizar un espacio desaprovechado en la empresa. ¿Tiene alguien alguna experiencia con el alquiler de cubiertas para éste fin y cual es la remuneración? www.soliclima.es ofrece varias opciones
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